FAMILIARES, MATRIMONIALES Y PATRIMONIALES
ADOPCIÓN DE PERSONAS CAPACES
Requisitos:
Documento de identidad vigente de los intervinientes.
No contar con multas electorales.
Minuta firmada por los contratantes y autorizada por el abogado.
Expresar voluntad de los adoptantes y adoptado.
Declaración jurada del adoptante.
Copia certificada de la partida de nacimiento del adoptante y de matrimonio, si es casado.
En el supuesto de que el adoptado tuviese bienes se presentara inventario en instrumento público.
Copia certificada de la partida de nacimiento del adoptado y de matrimonio, si es casado.
Los medios probatorios destinados a acreditar la solvencia moral del adoptante.
Nota:
La edad del adoptante sea igual a la suma de la mayoría de edad y la del adoptado (ver inc. 2, ART. 387 CC).
DIVORCIO NOTARIAL
Requisitos:
No tener hijos menores de edad o de tenerlos, contar con sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto a los regímenes de alimentos, tenencia y de visitas.
Para el caso de hijos mayores de edad con incapacidad, los cónyuges deberán contar con la copia certificada de las sentencias que declaran la interdicción de aquellos y el nombramiento de su curador y presentar sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto a los regímenes de curatela, alimentos, y de visitas.
En caso de tener bienes, previamente deberá hacerse la separación de patrimonios e inscribirse en registro. En caso contrario, declaración jurada de no haber adquirido bienes durante el matrimonio.
Presentación de solicitud autorizada por abogado.
Nota:
Toda la documentación será revisada por el asesor y de ser el caso se solicitará documentación adicional.
PATRIMONIO FAMILIAR
Requisitos:
Minuta firmada por los contratantes y autorizada por abogado.
Copia del D.N.I. vigente de los contratantes.
Vigencia poder actualizada, en caso se actúe por representación.
CRI o copia literal de la partida registral del inmueble, actualizada. Este inmueble debe ser:
La casa habitación de la familia.
Un predio destinado a la agricultura, artesanía, industria o comercio.
Certificado negativo de Gravamen del inmueble.
Formularios muncipales (PU y HR) y recibo del impuesto predial del año respectivo o constancia de no adeudo, emitida por la municipalidad correspondiente, donde se consigue los datos exactos del inmueble.
Partida de matrimonio y/o partida de nacimiento de los hijos actualizado.
Procedimiento:
La documentación completa será calificada y se publicará un extracto de la solicitud respectiva.
Transcurrido 10 día hábiles desde la publicación en el diario, se extenderá la escritura pública.
Suscrita la escritura pública para el (los) solicitante (s), se emitirá parte notarial para los registros públicos.
RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD
Requisitos:
Documento de identidad vigente del solicitante.
Documento de identidad vigente de la madre.
Partida de nacimiento de (los) hijos (s) a reconocer o ecografía actual y original en donde se indique el tiempo de gestación de la madre.
RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS
Requisitos:
Minuta firmada por el solicitante y autorizada por abogado
Copia de documento de identidad del solicitante.
Copia Certificada de la partida a rectificar, original y actual.
Partida de nacimiento y/o de matrimonio, de ser el caso, original y actual.
Vigencia de poder original y actualizado, inscrito ante Registros Públicos, en caso se actué por representación.
Nota:
Las partidas deben tener una antigüedad menor a la de 3 meses.
Las partidas emitidas por la municipalidad de provincia deberán ser certificadas por RENIEC.
En el caso de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción del extranjero, deberán contar con la legalización del consulado peruano o del Ministerio de Relaciones Exteriores y traducción oficial de dicho documento.
Suscrita la Escritura Pública por el(los) solicitante(s), la notaria emitirá parte notarial para los Registros Civiles
SUSTITUCIÓN DE RÉGIMEN PATRIMONIAL Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES
Requisitos:
Minuta.
Documento de Identidad.
Partida de Matrimonio vigente.
Copia certificada emitida por SUNARP de la partida registrada del inmueble y/o muebles original HR-PU y recibo de pago del Impuesto Predial del año de la sustitución.
SUCESIÓN INTESTADA
Requisitos:
Solicitud autorizada por un abogado.
Partida de defunción del causante.
Documento de identidad vigente del solicitante.
Copia del documento de identidad del causante o certificado de inscripción
Partida de matrimonio de ser el caso.
Partida de nacimiento de los herederos.
Certificado negativo de testamento expedido por registros públicos.
Certificado negativo de sucesión intestada expedido por los registros públicos.
Relación de bienes conocidos.
Declaración jurada indicando dónde estuvo ubicado el último domicilio del causante
UNIÓN DE HECHO
Requisitos:
Copia de documento de identidad vigente de los solicitantes.
Declaración jurada de ambos solicitantes que se encuentren libres de impedimento matrimonial.
Declaración jurada de 02 testigos indicando que los solicitantes conviven por más de 2 años continuos o más.
Certificado de soltería c/u (RENIEC)
Certificado negativo de unión de hecho c/u (SUNARP)
Certificado domiciliario para cada solicitante.
Solicitud debidamente firmada por los convivientes de unión de hecho.
NOTA:
Se requiere realizar publicaciones ( a coordinar en la notaría).